Los procedimientos de separación, divorcio o nulidad matrimonial. En Aragón hay que tener en cuenta que la Ley 2/2010, de 26 de mayo, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres se decanta por la custodia compartida pero faculta al juez para pronunciarse en favor de la custodia individual cuando las circunstancias del caso, y en especial interés del menor, así lo aconsejen.
El convenio regulador-pacto de relaciones familiares de Aragón, determina el acuerdo entre los cónyuges en la ordenación de las medidas sobre la patria potestad y custodia, las pensiones alimenticias, compensatoria, los usos de los bienes comunes, etc.
La Disolución del Régimen Económico puede realizarse en el momento de la separación o divorcio pero también puede posponerse para otro momento, dependiendo de cuáles son las circunstancias más favorables.
La Liquidación y División de la Herencia puede ser de forma pacífica y amistosa o puede ser necesaria la intervención de un contador-partidor que determine y valore los lotes que corresponden a los herederos y legatarios.
Las Tutelas y Curatelas son necesarias para proteger a las personas que no pueden gobernarse a sí mismas o a su patrimonio, de ahí que los procesos de incapacitación constituyen una garantía de protección del presunto incapaz, con la obligación de realizarse una rendición de cuentas anual por el tutor o curador.
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